Aumento a las sanciones por incumplimiento a la normatividad laboral

mayo, 2014

 

Es primordial la anticipación. Ahora es el momento oportuno para realizar una revisión detallada de las condiciones laborales de la empresa.

En diciembre de 2012 entraron en vigor las reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT). Un rubro de la reforma poco divulgado y con repercusiones importantes para los patrones es el incremento a las multas por incumplimiento a las disposiciones laborales de las condiciones de trabajo y en materia de capacitación, adiestramiento y productividad. Asimismo, en lo que concierne a la seguridad, salud y medio ambiente de trabajo.

Del aumento de multas es indispensable conocer que:

  • Las sanciones pecuniarias serán impuestas en días del Salario Mínimo General Vigente (SMGV) para el Distrito Federal que al cierre de la edición es de $67.29. Es decir, se aplica como medida el salario mínimo más alto sin importar el área geográfica donde haya ocurrido la infracción.
  • Aumento del piso y techo de las sanciones pecuniarias. Antes eran de 15 a 315 días de SMGV. Con la reforma, van de los 50 hasta los 5000 días de SMGV por infracción, es decir, de los $3,364.50 a los $336,450.00 pesos mexicanos.
  • Hay un efecto exponencial. La multa se aplicará por infracción y se verá incrementada en un tanto por cada trabajador afectado.

Supongamos que la empresa “X” (con 100 empleados) fue objeto de una inspección laboral en la que se detectó, entre otras infracciones, que el procedimiento para el reparto de utilidades no se realizó con apego a la LFT. De acuerdo con el artículo 994, fracción II, la sanción será de 250 a 5000 veces el SMGV, y la sanción está impuesta sobre la base inferior de los 250 días, es decir, $16,822.50.

Al aplicar el efecto exponencial se multiplicará por 100, en razón de los trabajadores afectados. En consecuencia, la multa será de 1 millón 682 mil 250 pesos, y así sucesivamente.